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Publicado por: Admin Inndetec En: Noticias En: Monday, November 24, 2014 Comentarios: 0 Lecturas: 3640
El pasado mes de septiembre se publicó en el B.O.E. el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación...

 

 

 

El pasado mes de septiembre se publicó en el B.O.E. el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios. Con esta norma se produce la transposición de la Directiva 2009/128/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por la que se establece el marco de la actuación comunitaria para conseguir un uso sostenible de los plaguicidas y, asimismo, se desarrolla la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal, en las materias de comercialización y utilización de productos fitosanitarios y en las de racionalización y sostenibilidad de su uso.
 

Este Real Decreto tiene dos finalidades esenciales:

 

1ª) Establecer un marco de acción para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios mediante la reducción de los riesgos y los efectos del uso de los productos fitosanitarios en la salud humana y el medio ambiente, y el fomento de la gestión integrada de plagas y de planteamientos o técnicas alternativos, tales como los métodos no químicos.

 

2ª) La aplicación y el desarrollo de ciertos preceptos relativos a la comercialización, la utilización y el uso racional y sostenible de los productos fitosanitarios, establecidos por la reseñada Ley de Sanidad Vegetal.

 

Uno de los puntos clave de este Real Decreto es la obligatoriedad a partir de 2014, de seguir los principios generales de la Gestión integrada de plagas en las explotaciones, con excepción de las consideradas como de baja utilización de productos fitosanitarios.

 

La gestión integrada de las plagas se realiza mediante la aplicación de prácticas de bajo consumo de productos fitosanitarios, dando prioridad cuando sea posible a métodos alternativos.

 

Sistemas como la producción ecológica, la producción integrada, sistemas de producción certificada, o las ATRIAS cumplen ya este requisito. Para aquellas explotaciones no incluidas en sistemas contemplados por el Real Decreto se establece la figura del ASESOR, como elemento básico para la aplicación de la gestión de plagas en las explotaciones. Gestión que se apoyará en unas guías publicadas por el Ministerio y que habrá de quedar reflejada documentalmente.

 

A partir del 1 de enero de 2013 cada explotación agraria deberá mantener actualizado un registro de tratamientos fitosanitarios denominado “cuaderno de explotación” en el que se anotarán todos los tratamientos fitosanitarios realizados.

  

El Real Decreto establece unos requisitos de formación para los usuarios profesionales y los vendedores que se traducen en la posesión del carné de usuario de productos fitosanitarios, éste se obtiene cumpliendo determinados requisitos de titulación o superación de cursos. En nuestra comunidad ya es obligatoria la posesión de carné para la utilización de productos fitosanitarios. Los niveles de capacitación establecidos en el Real Decreto son los mismos que existen actualmente en nuestra comunidad: básico, cualificado, fumigador y piloto aplicador.

 

MÁS INFORMACIÓN EN LA SIGUIENTE PRESENTACIÓN:

 

http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/portal/export/sites/default/comun/galerias/galeriaDescargas/minisites/raif/Noticias/2014/USO_SOSTENIBLE_140603.pdf

 

Resumiendo:

 

    • Es prioritario utilizar técnicas de gestión integrada o sostenible a la hora de combatir las plagas y enfermedades en nuestros cultivos.

 

    • La figura del asesor fitosanitario es fundamental para poder diagnosticar y tratar los problemas fitosanitarios de nuestras plantas.

 

  • La posesión del carnet de manipulador es obligatoria a la hora de comprar y aplicar productos fitosanitarios (insecticidas, herbicidas y fungicidas). En ningún caso hace falta carnet para adquirir productos nutricionales.

 

MUY IMPORTANTE: Muchos productos fitosanitarios están registrados para poder ser usados en el ámbito de la jardinería exterior doméstica y no hace falta presentar el carnet.

 

En verdeysano disponemos de un amplio catálogo de productos autorizados y adaptados a cada caso particular y siempre cumpliendo con la legalidad vigente.

Si está interesado en recibir más información relacionada con este tema o con la obtención del carnet de manipulador de productos fitosanitarios no dude en ponerse en contacto con nosotros.

 

   

 

 

Etiquetas: agricultor profesional

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